jueves, 7 de marzo de 2019

Por ti, por nosotras, por todas! HUELGA GENERAL

8 de Marzo de 2019 ¡Por ti, por nosotras, por todas!
HUELGA GENERAL
Millones de mujeres fuimos protagonistas, en primera fila, ocupando el espacio público, dando un significativo paso hacia adelante, irreversible, en el proceso de lucha por la igualdad y la emancipación total, que venimos construyendo las mujeres desde hace muchos años, hasta conseguir que todas las personas seamos “socialmente iguales, humanamente diferentes, totalmente libres” como proponemos desde el anarco-feminismo. Durante todo el año 2018 se han mantenido movilizaciones en contra de la justicia patriarcal, por la despenalización del aborto, contra la violencia sexual y en general contra las violencias machistas, construyéndose una lucha internacional y global imparable.

Este 8M de 2019, asumiendo los argumentos y principios anti-patriarcales, anticapitalistas y antirracistas, volvemos a convocar una nueva Huelga General de 24 horas contra todos los abusos del sistema neoliberal, capitalista y patriarcal, basada en cuatro ejes fundamentales:
  • Una Huelga Laboral que paralice la producción de este sistema explotador que nos esclaviza.
  • Una Huelga de Consumo que atente contra el elemento esencial del capitalismo globalizado de este siglo XXI.
  • Una Huelga de Cuidados y Trabajo Doméstico que visibilice la complicidad del capitalismo y el patriarcado para permitir que la mujeres seamos relegadas a la segunda fila, al trabajo doméstico, reproductivo, en un papel siempre secundario, siempre sumiso.
  • Una Huelga Estudiantil, en coordinación con este movimiento, que paralice el sistema educativo, responsable de reproducir el desigual y penoso sistema social en el que las mujeres sufrimos la violencia y el terrorismo machista.

En este 2019, gritamos alto y claro que no vamos a tolerar pasos atrás en los derechos conquistados por las mujeres; que no vamos a permitir que el patriarcado, camuflado en el más rancio y medieval extremismo político y religioso, siga ejerciendo su violencia impunemente en el plano laboral, económico, social; que no vamos a arrodillarnos y aceptar resignadas, sin respuesta, los asesinatos y violencias machistas.

                                                            EL PATRIARCADO VA A CAER!
Por la Igualdad, contra las Violencias Machistas y contra la Discriminación Laboral
Afíliate a un sindicato que planta cara y defiende tus intereses. hoja afiliación

SECCIÓN SINDICAL CGT
ELTEC IT SERVICES

BUZON CGT ELTEC



lunes, 21 de enero de 2019

SUBIDA DEL SALARIO MÍNIMO.




Subida del SMI a 900€
Aplicación del nuevo Salario Mínimo Interprofesional en la nómina de Enero
Compañerxs
El pasado 27 de Diciembre de 2018 entró en vigor el Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2019, mediante su publicación en el B.O.E. No obstante, tanto en las Tablas Salariales del XVII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública como en el terreno práctico en algunas nóminas en ALTEN existen salarios inferiores al nuevo SMI establecido, 900 € mensuales.
¿Es necesario que se actualice el convenio para que se aplique la subida a mi nómina?
No, Por jerarquía normativa, el Real Decreto 1462/2018 está por encima de nuestro convenio colectivo, por tanto, se deberá aplicar a tod@s l@s trabajador@s que cobren menos del SMI la subida salarial correspondiente en la próxima nómina de enero sin necesidad, ni obligación, de esperar a la firma de la modificación del convenio del sector.

¿Computan todos los conceptos a la hora de calcularlo?

“Este Real Decreto de salario mínimo interprofesional para el año 2011 incorporó una novedad conceptual respecto a los de los años precedentes, consistente en la exclusión del salario en especie de la cuantía del salario mínimo. Esto significa que el empleador debe abonar a los trabajadores, al menos, la cuantía íntegra del salario mínimo siempre en dinero, mediante cualquier medio de pago generalmente admitido, pero sin poder computar en el salario mínimo, como anteriormente se permitía, la valoración dineraria de las percepciones en especie de ningún tipo, tales como alojamiento o manutención, entre otras.”
“Al salario mínimo anterior se le sumarán, en su caso, según indique el convenio o contrato de trabajo, los complementos salariales a que se refiere el artículo 26,3 del Estatuto de los Trabajadores” .
Os lo mostramos en cifras:
12600 brutos al año
  • 1050 brutos mes si son 12 pagas
  • 900 brutos / mes si son 14 pagas
  • 964 netos aprox en 12 pagas
  • 817 netos aprox si son 14